En función de lo que establece el Art.341 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Colegio viene obligado a facilitar a los Juzgados y Salas de la Provincia un listado de Ingenieros Agrónomos dispuestos a participar como peritos en la actividad pericial en el ámbito judicial, en las áreas de conocimiento de la Ingeniería Agronómica. En el período transcurrido desde la entrada en vigor de la mencionada Ley en enero de 2001, se ha venido demostrando paulatinamente la utilidad de nuestra profesión en un elevado número de áreas técnicas y tecnológicas que precisan de estudios periciales para acompañamiento de demandas y de defensa jurídica. La Comisión de Ejercicio Profesional del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos desea recalcar que todos los Inscritos en este Registro Oficial, al margen de que posean nociones suficientes en las áreas de conocimiento particulares, han adquirido el compromiso de atender las citaciones y llamamientos que se les hagan desde cualquier Juzgado o Sala de la Provincial. Además, este grupo de colegiados está a disposición de todos aquellos que deseen utilizar sus servicios como expertos periciales (Particulares, Abogados, Procuradores, Aseguradoras, etc.) también fuera del ámbito judicial.
Normas reguladoras del turno de oficio – 2020.pdf
Recomendaciones para la inscripcion en el turno de oficio – octubre 2022.pdf